BOEA-2021-9365 Resolución de 28 de mayo de 2021, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre el Consorcio de Compensación de Seguros, la Unión Española de Entidades Aseguradoras y Reaseguradoras y el Instituto Nacional de Gestión Sanitaria, de asistencia sanitaria pública derivada de accidentes de tráfico para el ejercicio 2021.
Argentinay Bolivia firmaron convenio de asistencia sanitaria recíproca. Autoridades nacionales y del Estado Plurinacional de Bolivia rubricaron un acuerdo a través del cual se comprometieron a profundizar la cooperación en materia de asistencia médica, sistemas de vigilancia epidemiológica y acciones de salud en zonas de fronterasElnuevo convenio marco de asistencia sanitaria derivada de accidentes de tráfico tendrá vigencia de 2019 a 2022. Como principales novedades, los ponentes explicaron que el nuevo convenio informatiza la gestión e introduce las
BOEA-2022-985 Resolución de 5 de enero de 2022, de la Mutualidad General Judicial, por la que se publica el concierto para la asistencia sanitaria en territorio nacional de beneficiarios durante y 2024 y la relación de entidades de seguro que han suscrito el mismo.
ConvenioMarco para la atención de la asistencia sanitaria futura derivada de accidentes de tráfico en el ámbito de la sanidad pública para los ejercicios 2019-2022. 1 año. Hasta 4 años prórroga. REGECON N.º 134/2022 Pte. Validaciones. BOC N.º 78, de 22 de abril de 2022. Universidad de Las Palmas de Gran Canaria. Concierto específico deRealDecreto 576/2013 de 26 de julio, por el que se establecen los requisitos básicos del convenio especial de prestación de asistencia sanitaria a personas que no tengan la condición de aseguradas ni de beneficiarias del Sistema Nacional de Salud y se modifica el Real Decreto 1192/2012, de 3 de agosto, por el que se regula la condición de Elobjeto del Convenio es regular las relaciones entre las partes signatarias para la gestión de la asistencia sanitaria futura, hospitalaria y/o ambulatoria establecida en los artículos 113 y 114 de la Ley, una vez se produzca la estabilización de las lesiones, en el ámbito de la sanidad pública conforme establece la ley, a lesionados por hechos de la circulación, v78mMq.